DT otorga "descanso absoluto" en Viernes Santo a quienes no trabajaron antes: es un derecho adquirido
Tras las solicitudes de diversos sindicatos para aclarar el alcance del feriado de Viernes Santo, la Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen que resuelve la situación de trabajadores del retail para el 18 de abril.
Según el pronunciamiento, aquellos que no han trabajado en esta fecha en años anteriores tienen un derecho adquirido al "descanso absoluto".
📜 Argumento del fallo
El documento señala que si las tiendas han permanecido cerradas durante Viernes Santo en años anteriores, se entiende que el empleador ha aceptado tácitamente que este feriado es un día de descanso total para sus trabajadores. Esto implica que no pueden ser obligados a trabajar y que su remuneración no se verá afectada.
📌 “El no haberse abierto durante años anteriores las tiendas de comercio al público durante esta festividad religiosa conlleva a razonar que el empleador ha convenido tácitamente que el feriado sea un descanso absoluto. Este acuerdo forma parte del contrato vigente y debe cumplirse íntegramente”, señala el fallo.
❗ Excepción para trabajadores nuevos
Sin embargo, la DT aclaró que este beneficio no aplica a trabajadores recién contratados, ya que el descanso no ha sido una práctica consolidada para ellos, por lo que sí podrían ser llamados a trabajar.
⚖️ Revisión caso a caso
Respecto a posibles vulneraciones a la libertad de conciencia, de creencias y de culto, la DT indicó que analizará cada caso de manera individual, conforme a su doctrina vigente.
📌 “La Dirección del Trabajo tiene la facultad de fiscalizar y sancionar el incumplimiento de la normativa laboral en estos casos”, concluye el dictamen.