Nueva norma del SII prohíbe facturas en compras personales y fija multas para infractores
SII restringe emisión de facturas en supermercados y restaurantes
El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió la Resolución Exenta N°121, que limita la emisión de facturas en supermercados y restaurantes, permitiéndolas solo cuando los bienes y servicios adquiridos estén directamente relacionados con la actividad económica del comprador. La medida entrará en vigor el 1 de marzo de 2025 y contempla sanciones para quienes no la cumplan.
Requisitos para la emisión de facturas
De acuerdo con la normativa, supermercados y restaurantes deberán emitir boletas de venta y servicios para todas las compras realizadas por consumidores finales. Solo podrán emitir facturas cuando los productos sean indispensables para la actividad comercial del contribuyente.
En el caso de los restaurantes, esta restricción significa que no se podrá solicitar factura en consumos personales o familiares, los cuales deberán registrarse mediante boleta.
Reacciones ante la nueva normativa
El Defensor Nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro, destacó que la fiscalización tributaria es clave para un sistema más equitativo, pero enfatizó la necesidad de respetar los derechos de los contribuyentes.
Uno de los puntos en evaluación por la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) es el impacto de delegar funciones fiscalizadoras a privados, lo que podría generar problemas de interpretación y posibles vulneraciones de derechos.
“La Defensoría del Contribuyente está facultada para usar todas sus atribuciones legales en defensa de un sistema tributario justo. Invitamos a quienes tengan dudas o crean que sus derechos han sido afectados a contactarnos a través de **www.dedecon.cl**”, concluyó Pizarro.