Nueva norma del SII prohíbe facturas en compras personales y fija multas para infractores

 



SII restringe emisión de facturas en supermercados y restaurantes

El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió la Resolución Exenta N°121, que limita la emisión de facturas en supermercados y restaurantes, permitiéndolas solo cuando los bienes y servicios adquiridos estén directamente relacionados con la actividad económica del comprador. La medida entrará en vigor el 1 de marzo de 2025 y contempla sanciones para quienes no la cumplan.

Requisitos para la emisión de facturas

De acuerdo con la normativa, supermercados y restaurantes deberán emitir boletas de venta y servicios para todas las compras realizadas por consumidores finales. Solo podrán emitir facturas cuando los productos sean indispensables para la actividad comercial del contribuyente.

En el caso de los restaurantes, esta restricción significa que no se podrá solicitar factura en consumos personales o familiares, los cuales deberán registrarse mediante boleta.

Para garantizar el cumplimiento de la medida, los establecimientos deberán implementar controles internos, como:
Solicitar el e-RUT del comprador.
Verificar la identidad con la cédula nacional de identidad.
Registrar el RUT del portador autorizado en la factura.

Reacciones ante la nueva normativa

El Defensor Nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro, destacó que la fiscalización tributaria es clave para un sistema más equitativo, pero enfatizó la necesidad de respetar los derechos de los contribuyentes.

Uno de los puntos en evaluación por la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) es el impacto de delegar funciones fiscalizadoras a privados, lo que podría generar problemas de interpretación y posibles vulneraciones de derechos.

“La Defensoría del Contribuyente está facultada para usar todas sus atribuciones legales en defensa de un sistema tributario justo. Invitamos a quienes tengan dudas o crean que sus derechos han sido afectados a contactarnos a través de **www.dedecon.cl**”, concluyó Pizarro.


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